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Family Immigration

La Solicitud de Inmigración basados en la familia:

La inmigración permanente o la residencia permanente legal en los EE.UU vienen con una variedad de derechos y privilegios, incluyendo el derecho a vivir y trabajar permanentemente en los EE.UU. Si usted quiere inmigrar a los EE.UU basado en la categoría-familia, usted debe patrocinado por un pariente que sea Ciudadano de los EE.UU o un residente permanente legal.

Procedimiento para la Solicitud de Inmigración basados en la familia:

Su patrocinador debe de solicitar el Formulario I-130 (Petición para Pariente Extranjero) para usted en un centro del Servicio de los Estados Unidos Ciudadanía e Inmigración (USCIS), junto con la documentación para probar que:

  • El/Ella es un ciudadano o residente permanente legal de los EE.UU
  • Él/Ella debe de cumplir con los recrementos de un salario mínimo y tiene que anexar a esta formulario una Declaración Jurada de Suporte económico
  • Su pariente de ser su padre, madre, esposo/a, hijo/a mayores de 18 años de edad de él/ella

Cuando USCIS reciba la petición de visa de su patrocinador, esta podrá será aprobada o rechazada. Si es aprobada o rechazada, el USCIS le notificará a su patrocinador. Si se encuentra fuera de los EE.UU., el USCIS enviara la petición de visa aprobada al Departamento de Estado del Centro Nacional de Visas. El centro le notificará cuando reciba dicha petición de visa y de nuevo cuando un número de visa de inmigrante esté disponible para usted. Los números de visa de inmigrante son elegidos sobre la base de las categorías de preferencia (descrito más adelante). Puede comprobar el número de su estatus de su visa de adjudicación en el boletín de visas del Departamento de Estado.

Si usted ya está en los EE.UU. cuando un número de visa de inmigrante es asignado a usted, puede solicitar una petición para cambiar su estatus al de residente permanente legal. Si usted no está en los EE.UU. cuando un número de visa de inmigrante esté disponible, debe completar el procesamiento de su solicitud en el Consulado de los EE.UU. que brinda servicio al área donde usted reside.

Preferencia de las categorías:

Hay varias categorías de preferencia para asignar los números de la visa de inmigrante en función del estado del patrocinador.

  • Asignación inmediata: los parientes inmediatos de ciudadanos de los EE.UU. no tienen que esperar a que un número de visa de inmigrante sea asignado. Cuando la solicitud es aprobada por el USCIS, el centro de USCIS le asigna un número inmediatamente. Los parientes inmediatos del patrocinador incluyen – los padres, cónyuge e hijos solteros menores de 21 años de edad.
  • Primera Preferencia: adultos solteros (mayores de 21 años de edad) que son hijos e hijas de ciudadanos de los EE.UU.
  • Segunda Preferencia: Cónyuges de residentes permanentes legales y sus hijos e hijas solteros de cualquier edad.
  • Tercera Preferencia: Hijos e hijas casados de ciudadanos de los EE.UU
  • Cuarta Preferencia: Hermanos y hermanas de ciudadanos de los EE.UU. que sean adultos.

Un ciudadano de los EE.UU puede patrocinar:

  • Su cónyuge
  • Hijo soltero o hijo de cualquier edad
  • Hijo o Hija casado de cualquier edad
  • El padre/hermano/hermana, el patrocinador tiene que tener al menos 21 años de edad para patrocinado el padre/hermano/hermana

Un residente permanente legal puede patrocinar:

  • Su cónyuge
  • Hijo o hija soltero(a) de cualquier edad